AUTORIZACIÓN DE DIVISIÓN HORIZONTAL
1. Escrito de solicitud dirigido al Ayuntamiento que deberá reunir los requisitos a los que se refiere el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. En el supuesto de persona física: fotocopia del D.N.I. o, tratándose de extranjeros, del documento que lo sustituya. En el supuesto de persona jurídica: documentación relativa a la sociedad, acreditación de la representación del suscribiente, fotocopia del D.N.I. de este último, fotocopia del C.I.F. de la sociedad.
3. Documentación técnica descriptiva:
a. Memoria descriptiva de la división, en la que se justifique el cumplimiento de las partes resultantes de las condiciones de habitabilidad y urbanísticas establecidas en el PGOU-1985. En su caso, definición de las obras necesarias para obtener dicho cumplimiento y tramitación de licencia urbanística/declaración responsable previa a la concesión de la autorización suscrita.
b. Plano de situación y nº de referencia catastral.
c. Plano de planta acotado y superficiado del estado original del complejo inmobiliario, y plano de fachadas y secciones (proyecto original si lo hubiera). Escala mínima: 1/100.
c. Plano de planta acotado y superficiado que represente los elementos privativos y comunes resultantes (diferenciándolos claramente) y, en su caso, plano de fachadas y secciones. Escala mínima: 1/100.
e. Fotografías de estado actual del complejo inmobiliario. Debe señalarse en dichas fotografías o a través de los alzados el lugar exacto de la fachada en el que se realiza la división.
Nota: no resulta obligatorio que esta documentación sea suscrita por un técnico competente; sin embargo, se requiere que tenga la definición adecuada a fin de poder realizar una interpretación correcta para el estudio de la misma.